Existen colectivos a los cuales alquilar un piso los es más complicado que en otros. Entre ellos, se encuentran los jubilados, quienes quizás no han podido ahorrar bastante y tampoco cobran una pensión demasiada elevada, y los jóvenes, que no suelen disponer de estabilidad laboral ni económica.
Por este motivo, el Plan Estatal para el acceso a la vivienda de 2022-2025 contempla ayudas para ambos colectivos, con el objetivo que puedan tener acceso a viviendas asequibles.
Cómo apuntábamos, los jubilados no siempre pueden acceder a una vivienda ni de compra ni de alquiler, ya sea porque no disponen de los ingresos suficientes o porque, a causa de su edad, el banco no los concede una hipoteca. Además, la mayoría no quieren vivir en residencias para gente mayor, por lo cual muchos recurren a alternativas como comprar en pueblos o un edificio para jubilarse junto con sus amigos o lo cohousing o lo coliving senior.
El cohousing fomenta el hecho de vivir en comunidad, pero de manera independiente. Es decir, las personas que viven de este modo disponen de su propio piso, de compra o alquiler, pero comparten espacios comunes; por lo tanto, mantienen su intimidad pero a la vez, cohabitan con personas afines y gastan menos dinero.
El pasado 1 de febrero de 2022 el Consejo de Ministros aprobó la nueva ley de vivienda 2022 en España, que regulará diferentes ámbitos del sector inmobiliario como ayudas al acceso a la vivienda, más control sobre los desahucios, creación de vivienda asequible o la limitación de los precios del alquiler en zonas tensionadas.
Y es que el principal objetivo de esta normativa es facilitar el acceso a la vivienda, especialmente a los sectores de la población con dificultades económicas, entre los cuales se encuentran los jóvenes, para los cuales se ha habilitado el bono joven de ayuda de 6.000 euros y los jubilados, que también pueden acceder a prestaciones para el arrendamiento.
Bono del alquiler para jubilados pensionistas
Todas aquellas personas que cobren una pensión no contributiva, ya sea por jubilación o invalidez, y que vivan de alquiler podrán cobrar el denominado “Complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada”, gestionado por el IMSERSO y se puede solicitar a sus oficinas.
Se trata de un único pago anual de 525 euros, que podrán cobrar todos aquellos jubilados que cumplan con los siguientes requisitos:
-Que cobren una pensión no contributiva de jubilación o invalidez
-No dispongan de una vivienda en propiedad
-Sean titulares de un contrato de alquiler
-Que el inmueble de alquiler sea su residencia habitual
-Haber residido en el piso, como mínimo, 180 días antes de la fecha de solicitud
-Que la duración del contrato de alquiler sea, como mínimo, de un año
-No tener ningún tipo de parentesco ni relación próxima con el propietario del inmueble
-Tener un patrimonio inferior a 200.000 euros
Ayudas de hasta el 50% del alquiler para jubilados con rentas bajas
Cualquier persona, jubilada o no, puede pedir un abono de hasta el 50% del importe del alquiler, siempre que los ingresos totales del hogar no superen los 24.318 euros en el año, es decir, tres veces lo IPREM.
En el supuesto de que en se trate de personas con discapacidad, los ingresos totales podrán superar hasta cinco veces lo IPREM, es decir, 40.531 euros en el año. Sin embargo, y como ocurre con el bono joven, el precio del alquiler no podrá ser superior a los 600 euros en el mes o 900 en zonas tensionadas.
Ayudas de hasta el 100% del alquiler y gastos de la comunidad para jubilados y otros colectivos vulnerables
Los colectivos vulnerables como por ejemplo jubilados, personas sin hogar, desahuciadas o víctimas de violencia de género, entre otros, podrán acceder a ayudas directos de hasta el 100% del alquiler, los gastos de comunidad, y hasta los suministros.
El importe del alquiler no podrá ser superior a los 600 euros en el mes o 900 en zonas tensionadas, y los gastos mensuales no podrán superar los 200 euros.
Ayudas de hasta el 100% del alquiler para jubilados y ciudadanos que hayan visto disminuidos sus ingresos
El Gobierno también concederá ayudas de hasta el 100% del importe del alquiler a hogares que hayan sufrido una gran pérdida de ingresos. En el caso de los jubilados, si bien las pensiones han incrementado, puede tenerse que, por ejemplo, al hecho que alguno de los cónyuges haya muerto.
En cualquier caso, la disminución de los ingresos tendrá que ser, como mínimo, del 20% y más del 40% de estos tienen que ir destinados a pagar la renta del inmueble, que podrá ser, como máximo, de 900 euros en el mes.
El Gobierno también ayudará económicamente a todas aquellas empresas que ofrezcan inmuebles asequibles para personas mayores o con discapacidad. El Ejecutivo abonará hasta 700 euros por metro cuadrado, el 50% de los gastos o hasta 50.000 euros por vivienda, siempre que los contratos tengan una duración mínima de veinte años y que cuenten con soluciones de domótica para ayudar a ancianos en sus casas.
Por lo tanto, aunque no se trate de una ayuda directa para jubilados, sí que contribuye al hecho que estos tengan acceso a viviendas de alquiler más asequibles. Así mismo, el Gobierno ofrece ayudas para poner ascensores y todo tipos de facilidades de acceso para las personas mayores y/o discapacitadas.