La compra de una vivienda implica, posiblemente, el gasto económico más grande que tenemos que afrontar a lo largo de nuestra vida. La población más joven no acostumbra a disponer de muchos ahorros y por eso, en reiteradas ocasiones, tienen que recurrir a financiación externa.
La adquisición de la vivienda no se centra solo en el precio que pagamos por la casa, tenemos que añadir el pago de impuestos, gastos de notaría, de registro, posible reforma de la vivienda, mobiliario, decoración…
Para poder acceder a la financiación del banco hay que contar con un importante ahorro económico puesto que acostumbran a dejar el 80% del importe de la tasación de la vivienda, por eso, cada vez es más frecuente y recurrente acudir a los padres para poder afrontar estos gastos.
Podemos encontrarnos con las siguientes situaciones:
- Una donación, es decir, que los padres regalen el dinero a los hijos. Se puede hacer mediante transferencia bancaria, con efectivo o cheque bancario. Se tiene que hacer en escritura pública ante notario y liquidar los impuestos correspondientes, que variarán en función de la comunidad autónoma de los implicados. El impuesto lo tiene que pagar el hijo (donatario) quien es quien recibe el dinero.
- Que los padres presten el dinero a los hijos. El préstamo tiene que quedar documentado por escrito y tributará por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) a pesar de que está exento, por lo tanto, se tiene que presentar la autoliquidación del impuesto y hacer constar la exención.